martes, 19 de noviembre de 2013

MI PRESENTACIÓN.


Sobre el autor

Me llamo José Silvano Ruiz Puertas, nací en Barcelona capital en el año 1971. Tras varios años allí, pase el resto de mi infancia  en la provincia de Tarragona. 

Experiencia profesional

2016 Responsable de RRHH de JUAN RAMON LOZANO S.A. (En la actualidad)

2013 a 2016 Consultor externo.

2002 a 2011 Jefe de Personal J. GARCIA CARRIÓN S.A.

2000 a 2002 Consultor externo.


Mí Formación

Soy Graduado Social Diplomado, finalicé mis estudios en el año 1997, obteniendo la calificación de Premio Extraordinario Final de Carrera y siendo alumno interno del departamento de Derecho Administrativo de la Facultad de Derecho de Murcia. Tras finalizar mis estudios oficiales, compaginé el trabajo con la realización de varios Máster, para completar mi formación: así en el año 2000 finalicé el Máster en Prevención de Riesgos Laborales, en el año 2002 el Máster en  Asesoría Fiscal y ya en el año 2006 el Máster en Dirección y Gestión de Recursos Humanos. Además de diversos cursos de especialización como el de Auditor Laboral, Auditor en Prevención de Riesgos Laboral y Formador de Formadores, por poner algunos ejemplos.

Programas de nóminas que conozco:

- NCS nóminas.
- A3 nom.

Consciente de que nunca se sabe todo y nunca se sabe suficiente continuo mis estudios de Grado en Derecho en la UNED.

Intereses

* El campo del Derecho, especialmente Derecho del Trabajo y Derecho Civil. 

* El ingles, me parece algo extraordinario poder comunicarte y leer en otra lengua.

* La fotografía, me gusta sobre todo hacer fotos de edificios, el paisaje urbano. Primer Premio   de Fotografía del II Concurso de Fotografía del Excelentísimo Colegio Oficial de Graduados     Sociales de Murcia año 2013.

Mi blog

Escribo bajo la marca de El Blog laboral de J.S. Ruiz Puertas (antes RECURSOS HUMANOS EN LA RED). Comencé este blog, por una razón principal, pienso que el conocimiento debe estar al alcance de todos. Durante años me dediqué a informar y a crear procedimientos para poder gestionar mejor las áreas de trabajo bajo mi responsabilidad. Además he de reconocer que me gusta escribir y me ayuda a seguir avanzando tanto profesionalmente como personalmente. 


Colaboraciones

1) He publicado dos  artículos en el blog de Antonio Fernandez (AFlabor), uno sobre  sobre la reserva del 2% para trabajadores discapacitados y otro sobre la figura de los delegados de prevención.


Publicaciones

1) He publicado tres  artículos en la revista "Venta Social" del Excelentísimo Colegio Oficial de Graduados Sociales de Murcia: en el  número 19 de julio 2014 sobre los niveles de seguridad en la protección de datos, en el número 20 de febrero de 2015 sobre el artículo 53 del ET y el último en el número 21 de julio de 2015 sobre los conceptos de centro ocupacional, centro especial de empleo y enclave laboral.

2) He publicado un artículo en la "Revista Negocios" número 19 editada por la Asociación de Antiguos Alumnos de ENAE Business School, noviembre de 2015. << Puedo pagar por debajo del convenio>>.



Erratas

Como  dijo recientemente el Director del Instituto Cervantes,  don  Víctor García de la Concha, en un artículo el 12 de noviembre del 2013:


 << dudar es comenzar a acertar>>



Consciente que no estoy libre de cometer alguna errata,  si alguien encuentra alguna falta de ortografía o incorrección lingüística, ruego me lo comunique para su inmediata corrección.




Un saludo.

JR


miércoles, 6 de noviembre de 2013

INCAPACIDAD TEMPORAL por contingencias comunes, ¿se puede hacer algo?

El 21 de julio de 2014 se ha publicado en el BOE el Real Decreto 625/2014, de 18 de abril que regula diversos aspectos de la gestión y control de los procesos de incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración. Así que he preparado un nuevo artículo con los puntos que entiendo más importantes del mismo cuya lectura recomiendo al lector  interesado en este tema.


<< No pretendo perseguir al trabajador que está enfermo, lo que propongo es tomar todas las medidas posibles para que se recupere lo antes posible, sea mediante la participación de los servicios médicos de las Mutuas o mediante los mejores médicos que la empresa pueda  pagar y a la vez poner cada vez las cosas más difíciles al que defrauda a la empresa,  a sus compañeros y a la sociedad con una actitud desleal>>.  JR

En mis 10 años trabajando en RRHH, las incapacidades temporales por contingencias comunes, ha sido un tema recurrente. Es algo que escapa al control empresarial, tú no puedes controlar que un trabajador coja la gripe, más allá de proponer que anualmente se pongan la vacuna. ¿Cómo podemos controlar este tema? Bueno la verdad es que es un tema de muy difícil solución si no pone de su lado el Estado cambiando la legislación actual,  por muchas vueltas que en nuestros respectivos departamentos queramos dar y os aseguro que yo he dado muchas. Así que, aprovechando el proyecto de modificación  presentado por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social  vamos a dar una vuelta a este asunto.

Hitos que marcan este proceso:

A) Comunicación de la baja.

1-Cuando el Servicio Público de Salud le da la baja al trabajador envía directamente copia  a la Entidad Gestora o Mutua, en un plazo de 5 días.

2- Al trabajador le dan dos partes de baja, uno para él y otro para la empresa. Él  tiene un plazo de tres días, desde la fecha de baja,  para llevar el parte a la empresa.

3- La empresa tiene un plazo, para  tramitarla, de cinco días desde que la recibe,  enviarla directamente por la Winsuite cumplimentando los datos necesarios o enviárselo  a la asesoría laboral, caso de tenerlo externalizado, para que lo tramiten ellos.

(Artículo 2 del Real Decreto 575/97 de 18 de abril).

Algo que personalmente no termino de entender, si un señor va al médico de cabecera y le da la baja, ¿por qué no llega directamente a la empresa o a la asesoría laboral? Igual que se comunica a la Entidad Gestora o a la Mutua, ¿no sería más rápido y efectivo comunicárselo a la empresa por vía electrónica?  Un sistema de notificación electrónica como el de  Hacienda o la misma  Tesorería General de la Seguridad Social, todos las empresa un buzón al que comunicar los partes de alta, baja, confirmación, etcétera. Con los medios electrónicos que todos tenemos, no veo el motivo de tener que esperar a que el trabajador te traiga el parte, más cuando en ocasiones ello implica que  lo traen fuera de plazo o no llegas a tiempo de meterlo en la nómina,   lo cual supone tener que modificarla luego o se  pierden en el camino.

B) Duración de la baja:

Una vez que sabemos que el señor está de baja, la segunda incógnita desde el punto de vista empresarial es ¿cuánto tiempo estará en esa situación? Por temas de confidencialidad, en los partes no te dice que le pasa a ese señor. No sabes si es un catarro o tiene una enfermedad grave, lo cual ya de por sí desconcierta. Si son unos días igual podemos suplir su ausencia haciendo movimientos de personal, pero si es mucho tiempo puede ser mejor contratar a  alguien. Un empresario necesita poder planificar y todo lo que sea incertidumbre perjudica. En todos los partes de baja, tiene que  figurar los días previstos de enfermedad.

C) Las limitaciones de la Mutuas:

1) Las Mutuas hasta que no pasa el día 15 de baja no pueden citar al trabajador  para verlo y en su caso proponer la medidas oportunas. Medidas que son de aceptación voluntaria por el trabajador.

 2) Hay una discusión interesante sobre si la Mutua antes del día 15 puede o no puede llamar al trabajador a su casa para interesarse por su estado de salud. Hay quien directamente niega esa posibilidad y aconseja a los trabajadores que se nieguen a dar información.  En este punto discrepo, si la Mutua paga la prestación del trabajador y puede según el artículo 132 de la Ley General de la Seguridad Social suspender, anular o extinguir el derecho, ¿cómo no va a ejercer ese control desde el primer momento? Así que a partir del día tercero de la baja, yo entiendo que la Mutua si puede llamarlo.

3) Cabe la posibilidad de que los médicos de las Mutuas, puedan enviar  una propuesta de alta a la Inspección médica. El problema es que hoy en día ésta puede o no contestarte, jugamos con los plazos, con lo cuál  caso de no recibir contestación puedes insistir. Pero el resultado puede ser el mismo, no te hacen ni caso, jugando con el silencio negativo de la Administración.

No llego a comprender, si de lo que se trata es de que el trabajador esté en condiciones de trabajar lo antes posible, ¿por qué no permitimos a las Mutuas que intervengan desde el primer momento? Que desde el primer día de baja, lo puedan citar y proponer la medidas que sean necesarias incluidas  pruebas y tratamientos pertinentes para que en el más breve plazo de tiempo esté en condiciones de trabajar. Evidentemente si tiene una gripe con llamarlo y controlar los tiempos, sobra. 

D) Las empresas.

En muchas ocasiones, las empresas lo único que tienen es un parte de baja que le han dejado en recepción, en la garita del guardia o que directamente ha llegado por correo y en demasiadas ocasiones con retraso. Esto es lo que haremos:

1- En cuanto los encargados nos notifiquen que un señor no ha venido a trabajar hay que llamarlo y preguntar el motivo. Si le han dado un parte de asistencia sin baja, de esos que se suponen cubren hasta tres días de no asistencia al trabajo o si tiene una baja.

Evidentemente, el trabajador no está obligado a darnos información sobre su diagnóstico médico, es algo confidencial que si quiere te comunica o si no se lo guarda. Si nos dice que le pasa, conociendo los tiempos estimados de baja, podemos planificar. Os adjunto un enlace donde podéis encontrar un informe con los tiempos estándar de incapacidad temporal del año 2009.


2- Aunque se supone que la Mutua recibe directamente del Servicio Público el comunicado de la baja, aconsejo que en cuanto nosotros tengamos el parte se lo comuniquemos, mandar una copia del parte escaneada, con el teléfono actualizado del trabajador.

3- El empresario  bien mediante su servicio médico (el llamado médico de empresa) o bien mediante los médicos de su Servicio de Prevención puede citar al trabajador para un reconocimiento médico durante los primeros 15 días de baja. Importantísimo, es algo que a muchas empresas se les ha pasado por alto. Artículo 20.3 del Estatuto de los Trabajadores.

Controlar no es sinónimo de acosar, el primero está amparado por el Estatuto de los Trabajadores, el segundo está prohibido. 

Ojo no caigamos en la tentación de llamar al médico de cabecera para pedirle información o solicitar el alta de un trabajador, por muy fundadas que sean nuestras sospechas que está pasando algo irregular. Nos podemos encontrar con una  demanda contra la empresa.

4- Ofrezcamos al trabajador nuestra colaboración cuando se trate de temas graves o que se demoran en listas de espera interminables. Bien a través de la Mutua (en muchas ocasiones pueden solicitar hacer ellos tratamientos) o bien llevándolos a centros privados, que particularmente no pueden costearse, pero si la empresa.

5- El último punto, cuando tengamos la certeza que nos están tomando el pelo, poner un detective tras el trabajador. Es el último recurso pero en ocasiones no queda más remedio.

Personalmente siempre he creído que la única forma de acabar con el absentista profesional es que sean las Mutuas las que puedan dar las ALTA por contingencias comunes, cuando su MÉDICO, crea que el trabajador puede hacer su trabajo. Resalto lo de médico. He visto trabajadores que han recibido la citación de la Mutua por burofax y al día siguiente han venido con el alta bajo el brazo.

Muchos intuimos que en los años anteriores a la crisis, algunos médicos de cabecera daban bajas con, digamos, ciertas benevolencia, llegabas allí a decir que te encontrabas mal, que te dolía mucho la espalda o los tan traídos vértigos y ellos mismos te ofrecían el  descanso deseado. A eso debemos sumar que a 9 minutos por paciente poco control pueden hacer y que no son especialistas, con lo cual tienen que esperar un plazo de tiempo antes de derivar al enfermo a un centro de  especialidades, cuando no mejora de sus dolencias.

Con la crisis se ha  notado la disminución de las bajas,  la minoría que antes cogían bajas con cierta alegría, ya no lo hacen por miedo a quedarse en la calle en la próxima reestructuración de plantilla. También es verdad que me he encontrado trabajadores que se han negado a que les den la baja, por el mismo miedo, estando realmente enfermos. Además de los planes de actuación de la Administración para conseguir disminuir la cantidad de bajas que dan su propios funcionarios. Será que efectivamente había un problema sin control cuando la Administración está intentando ponerle coto.

Ojo, la mayoría de los médicos de cabecera son magníficos profesionales, con consultas masificadas y hacen en muchas ocasiones más de lo que pueden, con los medios y tiempo que tienen. Pero si ellos no llegan, ¿por qué no usar los médicos de las Mutuas que ya los tenemos ahí?

Intenciones de futuro:

Ahora en el proyecto que se esta estudiando, yo tengo la versión de 7 de julio del 2013, quieren apostar como solución, que la propuesta de alta de los MÉDICOS de las Mutuas realmente sirvan para algo, vamos que si la Inspección Médica no te ha contestado a los 6 días de enviar la propuesta, se supone que han aceptado. Cambió importante; el silencio de la Administración supone que están conformes. 

Os reproduzco el artículo por su interés:

<<Artículo 7. Propuestas de alta médica formuladas por la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social en los procesos derivados de contingencias comunes.

1.     En los procesos de incapacidad temporal derivados de contingencias comunes que correspondan a la gestión de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, cuando las mismas, a la vista de los partes médicos de baja o de confirmación de la baja, de sus informes complementarios o de las actuaciones de control y seguimiento que desarrollen consideren que el trabajador puede no estar impedido para el trabajo, podrán formular, a través de sus servicios médicos, propuestas motivadas de alta médica dirigidas a las Unidades de la Inspección médica  del Servicio Público de Salud, en las que el facultativo justificará las causas de la propuesta y acompañará los informes y pruebas que, en su caso, se hubieran realizado.

2.     El inspector médico del Servicio Público de Salud podrá, en el plazo de  cinco días siguientes a la recepción de la propuesta de alta, confirmar la misma, emitiendo parte de alta médica, o desestimarla motivadamente y de forma expresa, señalando las causas que justifican la discrepancia y su diagnostico. En caso de que al sexto día de formulada la propuesta, la Mutua no hubiera recibido pronunciamiento expreso mediante alguno de los actos anteriores, se entenderá que la propuesta ha sido estimada y emitido el parte médico de alta, surtiendo efectos y con carácter definitivo el silencio producido, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 1 de la disposición adicional tercera.

El alta médica presunta surtirá efectos el primer día siguiente al de su notificación al beneficiario, correspondiendo a la Mutua practicar la misma, en la que declarará extinguido el derecho al subsidio, la fecha de efectos y los motivos en que se funda, así como la obligación del beneficiario de  incorporarse al trabajo el día en que produzca sus efectos la extinción del subsidio. Igualmente la Mutua comunicará a la empresa el alta presunta producida y la fecha de sus efectos, así como al INSS y al facultativo que la emitió, para su conocimiento.

Las propuestas de alta desestimadas expresamente podrán ser trasladadas por los facultativos de las Mutuas al Instituto Nacional de la Seguridad Social, en el plazo de los cinco días siguientes a su recepción, a las que acompañarán los informes y pruebas médicas correspondientes.


El Instituto Nacional de la Seguridad Social, determinará la procedencia del alta o de la continuidad de la baja en el plazo de los ocho días siguientes a la recepción de la petición, con arreglo al procedimiento establecido en el Real Decreto 1430/2009, de 11 de septiembre.>>


Es un paso, que evidentemente ya están rechazando los sindicatos, cuando ellos deberían ser los primeros interesados en la curación del trabajador y como no en que se persiga al que defrauda. Pero confunden sus deberes. No son abogados, la función de una abogado es defender a su cliente y buscar el acuerdo mejor posible. También puede renunciar a su defensa, claro. Pero los sindicatos se ponen en frente de las empresas aunque sepan que están defendiendo algo injusto. 

Un saludo.

JR

miércoles, 30 de octubre de 2013

PREVENCIÓN 10.es. AHORRO PARA LAS EMPRESAS.

Todos sabemos que estamos en momentos de crisis, a esta altura no sabría si estamos en la mitad,  al final o casi al final. Todo depende de la linea editorial del periódico o canal de televisión. Lo único que parece cierto es que, aunque estamos creciendo, no lo hacemos al suficiente ritmo como para crear empleo. Todo ello importante  en términos de economía nacional, al autónomo y a la pequeña empresa se hacen discusiones lejanas. Cuando se vive al día, hay otros problemas más acuciantes que nadie parece saber como resolver:

1- Falta de trabajo. La gran mayoría de los proyectos están parados, aplazados o directamente olvidados.

2- Los Organismos públicos siguen sin pagar conforme a la Ley.

3- Nadie ha resuelto el tema de los medios de pago. En este País aceptar un pagaré sigue siendo una temeridad.

4- Los BANCOS, no dan ni un céntimo.

Hemos pasado otras épocas difíciles, pero se daban las dos premisas básicas, los bancos daban financiación a las empresas y había trabajo suficiente.

Esto, aunque obvio es una pequeña introducción al tema de este artículo. El autónomo y la pequeña empresa tiene que buscar donde poder ahorrarse un euro, ahí es donde puede  entrar la PREVENCIÓN 10.es.

¿Qué es la PREVENCIÓN 10.es? Es una herramienta puesta a nuestra disposición por el INSTH para que las empresas de hasta 25 trabajadores, no encuadradas en el anexo I, puedan gestionarse ellas mismas la prevención cumpliendo con las obligaciones legales. SI HE DICHO HASTA 25 TRABAJADORES, por si alguien se le ha escapado esta ampliación incorporada en la Ley de Emprendedores de 27 de septiembre del 2013. Lo cual hace más interesante esta aplicación si queremos ahorrar dinero. Ojo no es tan fácil como parece, si no tienes ningún conocimiento de prevención. Desde luego es ideal para un trabajador autónomo que no tienes trabajadores a su cargo. En 3 minutos tiene hecha la evaluación y impreso los papeles. Os recomiendo que le echéis un vistazo os sorprenderá.  Desde luego le damos un 10 a la página del INSHT, página imprescindible de consulta.


La prevención de riesgos laborales, como no, es un negocio. Sobretodo desde que las Mutuas tuvieron que desvincularse de los servicios de prevención que habían creado. Hasta ese momento, la Mutuas destinaban parte de su dinero y recursos a la prevención. Que había que pasar reconocimientos médicos, los hacia la Mutua gratis, que había que montar un despacho de atención básica a los trabajadores en la empresa, lo montaba la Mutua, los técnicos en prevención que te hacían las evaluaciones eran de la Mutua  y así podríamos seguir un largo etcétera.  Supongo que la separación buscaba por un lado que las Mutuas destinaran sus fondos a lo que legalmente debían usarlos y acaba con la competencia desleal en precios, entre las Mutuas y los servicios de prevención ajenos que solo contaban con sus propios recursos. El resultado los Ex  Servicios de Prevención de las Mutuas se encontraron que tenían que funcionar como empresas, esto es si tienes beneficios sigues y si no cierras como todo el mundo.

Todo esto llevo, sin duda alguna a un encarecimiento exponencial de la prevención, hasta el punto que por un plan de autoprotección  te pedían 7.000 euros. Lo siento, pero por muy bueno que sea ese plan me parece caro. Llegamos a un punto que por mucho que queramos venderle al empresario que la prevención es una inversión de futuro, que al final redunda en un aumento de la productividad. El empresario cuando llega a final de mes ve que no puede pagar más. 

Así las cosas, el Estado sabedor de la presión enorme que hay sobre los empresarios abría una vía de escape. Ya en un inicio estaba contemplado en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, que un empresario con la formación adecuada y hasta 6 trabajadores podía asumir la prevención en su empresa, menos la vigilancia de la salud, por razones obvias y que no perteneciera al anexo I, que por su especial peligrosidad no pueden llevarse la prevención ellos solos.

Importante la modificación introducido por la Ley 14/2013 de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. Aquí encontramos una ampliación hasta 25 trabajadores, salto cuantitativo importante. Empezamos por 6 trabajadores, luego se amplio a 10 trabajadores  por obra y gracia de la Ley 25/2009 y ahora a 25.

Artículo 30.5 Ley de Prevención de Riesgos Laborales, vigente:

<<En las empresas de hasta diez trabajadores, el empresario podrá asumir personalmente las funciones señaladas en el apartado 1, siempre que desarrolle de forma habitual su actividad en el centro de trabajo y tenga la capacidad necesaria, en función de los riesgos a que estén expuestos los trabajadores y la peligrosidad de las actividades, con el alcance que se determine en las disposiciones a que se refiere el artículo 6.1.e) de esta Ley. La misma posibilidad se reconoce al empresario que, cumpliendo tales requisitos, ocupe hasta 25 trabajadores, siempre y cuando la empresa disponga de un único centro de trabajo.>>

Una empresa con 25 trabajadores, más hoy en día, es una empresa considerable. 

OS paso el enlace directo:


También lo podemos encontrar entrando en la página del Instituto:

* Primero ponemos la dirección de la página del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo en    el buscador:      http://www.insht.es

* Segundo, a mano  izquierda tenemos un recuadro que pone STOP riesgos laborales, pinchamos  
  ahí y entramos en la página de prevención 10. Os pego la imagen para que lo identifiquéis antes.


Logo Stop

Una  última reflexión, la prevención de riesgos laborales es algo muy serio, caro, pero serio. Que un trabajador tenga un accidente, que sufra una enfermedad profesional o su muerte como resultado del trabajo es una verdadera ABERRACIÓN en nuestros días, que no debería  producirse. Casi siempre los accidentes se producen por falta de medidas de seguridad, luego les podremos sumar los factores humanos, que los hay. Así que siendo muy interesante esta aplicación os recomiendo que solicitéis la ayuda de un profesional para su buen uso.

JR



miércoles, 16 de octubre de 2013

Las entrevistas de trabajo, trampa y cartón.

Me ha llamado  una amiga, tiene una entrevista de trabajo, o casi entrevista. La idea es que la van  a entrevistar por haberles gustado su currículo pero sin haber un puesto vacante. Hemos estado  hablando más de una hora, no sabía realmente como tenía que actuar ni que podían preguntarle así que os voy a dar las recomendaciones que yo le he dado.  Ojo esto no es una guía que debamos seguir al pie de la letra, pues cada proceso de selección es un mundo y cada entrevistador tiene sus propias manías.

Una pequeña reflexión inicial, en los procesos de selección se entremezclan dos necesidades, por un lado la empresa, que trata de cubrir un puesto con el mejor candidato posible y por otro lado el candidato que necesita el puesto de trabajo para cubrir dos necesidades básicas, tener una vida autónoma y desarrollarse como persona.

La mayoría de los procesos de selección se articulan en varías entrevistas, normalmente tres. Tras la fase inicial de publicación de la oferta y selección de los candidatos más interesantes nos citaran a una primera entrevista, muchas veces simplemente para ver la disponibilidad de la persona y hacer un filtro inicial. Por motivos de espacio permitirme que lo resuma todo en una.

Preparación de la  entrevista

Una vez nos han comunicado que hemos estrado en el proceso de selección y sabemos la fecha nos ponemos en marcha.

1- Todos os dirán que es básico que busquemos información en Internet sobre la empresa, para demostrar a nuestro interlocutor que estamos realmente interesados. Así que nos hacemos una carpeta con todo la información que podamos recabar y nos la estudiamos. 

2- Nuestro currículo, lo ponemos al día y repasamos los principales hitos. Ojo no supongáis que por ser vuestra vida esta todo controlado, repasar las fechas y circunstancias para que durante la entrevista no tengáis que dedicaros a pensar. En la última entrevista que estuve yo me pidieron que llevara un PowerPoint,  la verdad para mi fue una novedad, pero me ha gustado el formato, te permite explicarte teniendo un guión visual delante. Es evidente que según la empresa, si es de marketing por ejemplo el llevar un currículo novedoso e innovador puede darnos puntos, tipo anuncio corto.

3- Sentaros delante de un espejo y recitar vuestra vida y milagros. Atención a vuestra forma de sentaros y como gesticuláis. Os diría que tratarais de no gesticular demasiado y no moveros mucho en la silla, que no parezca que la silla nos quema. Estar tranquilos y naturales.  Ya se que es fácil de decir y difícil de hacer, por eso tenemos que prepararnos. 

4- Forma de vestir, siempre he pensado que tanto hombres como mujeres un traje de chaqueta es algo que suele funcionar. No soy partidario de ir de forma informal, corres muchos riesgos.

5- Algo que por obvio, a la mayoría se les pasa por encima, repasar lo que sabemos. ¿Con esto que quiero decir? En mi caso la legislación laboral es algo básico, así que, que  menos que releer el Estatuto de los Trabajadores.

Durante la entrevista

Esto si que es todo un mundo, cada uno tiene su método y más cuando muchos en este tema son autodidactas, es diferente que te entreviste un director de RRHH,  un psicólogo o un ingeniero del rama de organización por nombrar algunos. 

Lo primero no os sorprendáis si mientras habláis vuestro interlocutor se esta leyendo el currículo, más en los proceso de selección con muchos candidatos puede ser que hace tiempo que lo vio y ahora tenga que refrescarse la memoria. O que el proceso previo lo ha hecho otra persona y aun no ha tenido tiempo de verlos. Personalmente creo que los profesionales debemos evitar dar esa imagen y tenemos la obligación de preparar las entrevistas con tiempo.  Vosotros con seguridad, no os desaniméis por eso.

Lo normal es que os hagan alguna pregunta de inicio para que comencéis vuestra exposición. Os aconsejo que no os quedéis callados, en ocasiones el silencio inicial puede tratarse de una prueba para ver si tenéis iniciativa. Yo normalmente para romper el fuego inicial hacia una pregunta ,"¿Como te definirías tú como persona? ¿Y en el trabajo? O tales como, "quiero salir de esta habitación diciendo que te conozco". La mayoría de la gente se quedaba parada, muchos no sabían por donde salir. Para evitar estas situaciones debemos haber cumplido los pasos que os he adelantado más arriba y preparar nuestra exposición en voz alta. 

En algunas entrevistas os encontraréis con un psicotécnico, no tengáis miedo. Sentaros respirar y pensar que es lo que quiere oír la empresa. En eso consisten, mediante una serie de preguntas, formuladas de formas distintas y reformuladas a lo lardo de todo el text se trata de buscar que tengáis una serie de competencias que la empresa ha identificado como imprescindibles para el puesto y además trata de saber si estamos siendo sinceros. Por eso la reformulación de la misma pregunta con distintos formatos tanto al principio, medio y final. Personalmente nunca he sido partidario de estas pruebas, puede ser una forma de preseleccionar candidatos, pero no nos asegura que una persona que tenga una puntuación alta se el mejor candidato al puesto. Vamos que te puede ir mal el cuestionario y sin embargo puedes ser un magnifico profesional.

También tenemos exámenes, no tan en  profundidad como una oposición pero si lo suficiente como para valorar nuestros conocimientos sobre la materia. En una ocasión me pusieron en una entrevista un caso práctico en el cual tenía que hacer una nómina a mano, con las tablas de cotización y una calculadora. Lo normal es que previamente nos hayan avisado de que tendremos un examen y sobre el tema en cuestión. Más habitual  es que valoren nuestros conocimientos de forma general,  sin llegar a profundizar tanto.

Personalmente siempre he pensado que la memoria es importante pero mucho más importante es saber buscar la solución cuando te se presenta un problema concreto, consultando los materiales que tienes a tu alcance. Mi profesora de Derecho del Trabajo en los casos prácticos te dejaba la legislación, pues lo importante no era que te supieras el Código de memoria si no que supieras buscar la legislación aplicable al caso concreto e interpretar su contenido.

Nunca me he encontrado una dinámica de grupo, aunque se puede dar. Hay muy diferentes, de lo que se trata es de ver en directo como respondes ante ciertas situaciones. Como puede ser realizar un despido. 

A lo largo de la entrevista nos podemos encontrar con ciertas preguntas que nos pueden desconcertar, tales como:

* ¿Usted por qué está aquí?
* ¿Te importa el sueldo?

Con ellas nuestro interlocutor trata de ver y analizar nuestra reacción. Lo normal  es que nuestra contestación sea del tipo;  es una Gran Empresa y para mi sería una enorme satisfacción poder formar parte de ella y además lo que quiero es demostrar que puedo ayudar a la empresa al cumplimento de sus objetivos,  el dinero es secundario. Evidentemente que todos queremos trabajar en la mejor empresa posible y nuestra meta inicial no es, o por lo menos no debería serlo, ganar cuanto más dinero mejor.

Siempre he pensado que el trabajo es una forma de desarrollarte como ser humano, más si tienes la ocasión de trabajar en lo que te gusta. Lo importante es entrar en una empresa donde pensemos que, por la información que tengamos de ella, podamos desarrollar nuestras habilidades. Luego tiene que ser la empresa la que valore tu trabajo y en función de éste pueda ir mejorando tu sueldo o proponiendo los ascensos correspondientes. También os anuncio que en muchas empresas en las que trabajaréis y os formaréis no tendréis la oportunidad de ascender y si querías mejorar o asumir nuevas responsabilidades tendréis que buscar fuera. 

En estos momentos de crisis, intentar  comenzar nuestra carrera profesional, recién terminados nuestro estudios es muy duro, lo sé, en mis primeras entrevistas de trabajo me dijeron que, pese a mis notas y premios no tenía realmente un currículo, que estudiara alguna carrera más o me cursara algún máster. Ahora os diría que saber Ingles es imprescindible. Más duro es perder tu empleo, no es fácil verlo como una oportunidad de mejora,  más cuando tienes hipoteca, familia,  también lo tengo claro. Pero no desesperéis, ser positivos, buscar el apoyo de familia, amigos y seguir adelante. Ir a cada entrevista con el ánimo arriba, viendo una oportunidad y sino sois seleccionados pensar que os sirve de experiencia y la próxima vez estaréis más preparados. 

Espero haber contribuido a disipar dudas. La búsqueda de empleo es una labor muy dura, pero es una experiencia vital que todos tenemos que pasar.

JR.

viernes, 4 de octubre de 2013

COMMUNITY MANAGER EN RRHH.

En una conversación de amigos, casi todos del mundo de los recursos humanos,   estábamos intentando arreglar el País,  hablando de lo mal que está TODO y de las posibilidades que da  Internet en estos momentos. Durante la conversación apareció un término, que había escuchado alguna vez, pero que no sabía que también se podía aplicar a los Recursos Humanos, "communiy manager". Como no sabía lo que era exactamente y he de reconocer que soy curioso, he intentado informarme y este artículo es el resultado.

Lo primero que tenemos que preguntarnos es  ¿qué son los community manager? Una vez sepamos que son la segunda pregunta versa sobre su aplicación en el campo de los RRHH. Literalmente en ingles viene a significar, administrador de comunidad, lo cual tampoco es que diga mucho de por si. Así que vamos con una pequeña aproximación. 

Podríamos decir que  el puesto de  community manager  se ocupa de administrar la imagen de una empresa o marca en Internet. Para ello busca mediante las herramientas que Internet pone a su disposición, posicionar su marca, vendernos a todos una IMAGEN  de su empresa. Resumiendo estamos hablado de gestionar permanentemente una  campaña de marketing y medir sus resultados.  Entre esas herramientas están su página web, Youtube,  Blogs, Facebook, Linkedin, Infoempleo, Twitter  y otros portales que permiten a la empresa mostrarse al mundo sin un límite geográfico determinado. Para  poder desarrollar sus funciones es necesario que conozca la estrategia de la empresa en el corto y largo plazo.

Bueno, pues sin saberlo, todos los que estamos gestionando nuestro perfil profesional en las redes sociales, somos community manager, a pequeña escala. Puesto que estamos gestionando nuestra imagen en la Red,  posicionandonos  ante las Compañía y gestionando nuestras relaciones con otros profesionales.

Ahora le hablas a alguien de Linkedin y casi todo el mundo sabe lo que es, tengo que reconocer que hace dos años no sabía ni que existía. El  uso que le daba a Internet, además del correo electrónico,  era  para buscar legislación,  cuando necesitaba información me iba a la  página de la Seguridad Social, del Instituto de Seguridad e Higiene en el Trabajo o en el Excelentísimo Colegio de Graduados Sociales de Murcia, entre otros. Sin embargo, ahora veo como hay todo un mundo de posibilidades, las cuales bien aprovechadas pueden ser de gran utilidad para llevar a cabo tus fines.

¿Qué utilidad tiene para los RRHH en nuestras empresas?    Ante los profesionales de recursos humanos se abre todo un abanico de posibilidades, ya que estar presente en los medios nos permite  gestionar nuestro departamento de forma eficaz. Entre otros puntos podemos destacar:

* Fundamental,  hacer participe a nuestros propios empleados de nuestro mundo empresarial. Usando estas herramientas para establecer un programa de comunicación interna, comunicación que nos permite un rápido feedback y nos asegura que todos participamos de la misma CULTURA empresarial, que estamos al tanto de los objetivos y misiones establecidas.

Ojo, no creo que  nadie se sorprenda si afirmamos aquí  que muchos de los miembros de una empresa no saben hacia donde van, sus metas y mucho menos  cuales son los valores que propugnan. Si tiene política de medio ambiente, si están socialmente comprometidos, su política de prevención de riesgos laborales, etcétera. Para muchos la misión de la empresa es ese cartel que se cuelga en la entrada cuando vienen las auditorias de calidad. No es que en muchas empresa no estén definidas, es que en muchas parece que se esconde esta información. Osea que suspendemos en comunicación interna.

Por ejemplo, yo siempre he defendido que la experiencia acumulada de una empresa debe estar disponible para los diferentes departamentos. De forma que cuando nos enfrentemos a un problema podamos ver la solución que dentro de nuestra compañía se pueda haber dado en otro momento o lugar. Os aseguro que supondría un ahorro importante de costes si esto fuera así.

* Atraer a los mejores candidatos a nuestras empresas mostrando nuestro proyecto,  hacerlos participes de nuestra cultura empresarial, de nuestros valores, de nuestros objetivos, invitándoles a formar parte de ellos. En cualquiera de estos portales, como Linkedin tenemos a nuestra disposición miles de perfiles, de todos los sectores y niveles. Conociendo sus habilidades, su situación laboral y mucha otra información. Al final tenemos todo un entramado de relaciones, de contactos, que en un momento determinado pueden servirnos para cubrir un puesto o darnos pistas sobre las habílidades más demandadas en el sector.

Estos son los dos puntos que yo creo más importante, sin pretender aquí hacer un listado exhaustivo.

Quiero remitiros a un artículo de un blog, sobre este tema, que a mi me ha resultado muy interesante.

http://www.mujeresconsejeras.com/el-rol-del-community-manager-de-recruitment-2-0/2012/03/21/

Espero que  todos tengamos un poco más claro que son y para que sirven.

Hasta el siguiente artículo.

JR








miércoles, 18 de septiembre de 2013

Encadenamiento de contratos eventuales. Razón.

Hace varios días un amigo me exponía su caso, no entendía  las causas que podían llevar a una empresa a encadenar un contrato  eventual tras otro, ¿por qué? en su empresa actual lo habían tenido dando vueltas de la ETT a contratos eventuales y vuelta a empezar. Así que voy a intentar profundizar en las causas de la alarmante eventualidad en nuestro País.


Evidentemente está a la orden del día y no descubrimos nada nuevo si afirmamos que el encadenamiento de contratos eventuales ha  tenido un exito inusitado en nuestro mundo laboral. 

En las empresas, a los trabajadores se les hace un contrato eventual detras de otro, encadenando contrato tras contrato llegando a pasar largos periodos de tiempo  en la misma empresa sin lograr que lo conviertan en indefinido. ¿Por qué? ¿A que se debe esta práxis tan estendida?

Todos podemos  enterder que si contratas a un trabajador, establezcas un periodo de prueba para ver como se comporta, si se adapta o no a las exigencias del trabajo o expectativas de la empresa. Eso es lo razonable. Pasado ese periodo si no cumple con los paremetros que tienes establecido rescindes el contrato o no lo renuevas. Pero claro la perplejidad se da cuando ves que a un señor se le hace un contrato tras otro, vulnerando claramente la Ley, convirtiendolo en EVENTUALES INDEMNIZABLES, como ya expuese en otro artículo al que os remito. Vamos que no se entiende el motivo, si vale lo haces fijo y si no te vale ya no lo llamas más.

De hecho he tenido la oportunidad de ver la frustración que tiene un trabajador, cuando no ve recompensado su esfuerzo y dedicación con un contrato indefinido. No olvidemos que al fin y al cabo que te transformen tu contrato eventual en indefinido, no solo te da cierta seguridad si no que emocionalmente viene a suponer una recompensa a tu esfuerzo. Como cuando te dan una palmadita en la espalda. Cuando eso no ocurre, las ganas, el entusiasmo inicial se transforma en frustración y esta tiene una incidencia directa en el clima laboral y a la postre en la productividad. 

¿Cuál es el motivo? Principalmente os diría que  las empresas no tienen garantizado el trabajo, esto es hoy pueden tener mucha carga de trabajo y mañana no tener ninguna. Por lo tanto tener una plantilla al 100 por cien indefinida supone, llegado el caso de una caida importante de la carga de trabajo tener que tomar medidas más drásticas y  caras. No es lo mismo despedir 100 trabajadores fijos, que tener que despedir a 100 trabajadores eventuales, la diferencia económica es muy importante. De 20 días  por año, si son  causas objetivas a 10 días por año, si es un contrato eventual realizado en el año 2013. Si mantienes una parte de tu plantilla eventual la reducción de costes via salarios es rápida (no entramos en el procedimiento de despido colectivo) y menos traumática para la empresa. 

Cuándo el legislador puso coto a los contratos eventuales, hechos en la misma empresa o grupos de empresas, estas recurrieron a un tipo de contrato incipiente, las empresas de trabajo temporal o ETT, las cuales ofrecián una salida a esas contrataciones temporales de larga, larguísima duración. Claro el legislador no tardo en ver lo que estaba pasando acotando también esa salida. Ahora el artículo 15 del ET no deja lugar a dudas si en un periodo de 30 meses estás mas de 24 en la misma empresa, grupo, directamente o a través de ETT, eres FIJO. 

Tenemos un problemas evidente, por un lado tenemos unas necesidades de producción que cubrir, con un personal especializado y por otro no tenemos garantias de carga de trabajo. ¿Qué hacemos? 

Bueno hay una máxima, puede ser poco etica o moral, pero que se da en la práctica, "todo es legal mientras que no se denuncia ante la Inspección de Trabajo o los Juzgados". 

Esto es tú puedes ir encadenando un contrato eventual trás otro, pasando a un trabajador de tu empresa a la ETT o a otra empresa del grupo sin que pase nada. El problema viene, cuando ya no quieres o no puedes continuar la relación y el trabajador, que hasta ahora ha firmado sin rechistar los diferentes finiquitos y contratos, ahora te pode delante una demanda por despido improcedente alegando que tiene la condición de fijo. Con la vida laboral de ese trabajador encima de la mesa no te queda más que llegar a un acuerdo económico para evitar un juicio que, con casi toda seguridad tienes perdido. Por lo menos te ahorras el coste de los abogados.   

Para evitar esto, los departentos de Recursos Humanos, deven llevar un control absoluto de todos los contratos eventuales e ir seleccionado personal continuamente para evitar ese encadenamiento. Claro sen el volumen de tu plantilla eso supone un trabajo ingente. Al final si el señor hace su trabajo bien y no quieres hacerlo fijo terminas por cambiarle el tipo de contrato.

El problema subyacente es el mal uso de los contratos eventuales, la mayoría de los casos estamos ocupando con contratos eventuales puestos que realmente deberían estar ocupados por trabajadores fijos. Esto es no son eventuales, son puestos que necesitamos tener cubiertos permanentemente en nuestra estructura.

Hay teorías por ahí que establecen porcentajes ideales, para medir si tu plantilla está o no equilibrada, si 60-40  está bien, 50-50, 40-60, si se puede mejorar. El primer dato son trabajadores fijos, el segundo eventuales, por ejemplo  60% de fijos y un 40% de eventuales. Con ello establecemos unos límites, pensando en un escenario futuro complicado. Escenario que ha terminado por llegar y que por desgracia se repite ciclicamente. 

Tras 10 años trabajando en Recursos Humanos he llegado a la conclusión que la única forma de terminar con el mal uso de esos contratos eventuales es que la indemnización sea la misma, en caso de causas objetivas que en caso de un contrato eventual en fraude de Ley. Manteniendo la indemnización de 10 días por año para los contratos eventuales reales. De esa forma las empresas no usaran para cubrir sus necesidades fijas a trabajadores con un contrato eventual. Es otra posible solución, distinta a la que aporte en mi artículo anterior.

No nos llevemos las manos a la cabeza, hoy en día todo trabajador eventual sabe, que cuando firma la baja y al día siguiente firma  el nuevo contrato es fijo, en el 90 por ciento de los casos. Al final muchos departamentos de Recursos Humanos y financieros se están haciendo trampas al solitario contabilizando como costes fijos solo una parte de la plantilla. Dejando fuera a los eventuales con derecho a indemnización de trabajador fijo. Cuando quieran reducir los costes se encontraran con una cascada de demandas por despido improcedente.

Mi consejo dedicar más recursos a selección de personal, de forma que las personas que entren en nuestras empresas, cumplan los parámetros que necesitamos y reducir la eventualidad al máximo. Eso pasa, entre otras cosas por tener bien definida la estructura de personal y que el legislador modifique la Ley.

Un trabajador emocinalmente equilibrado es más productivo que un eventual DESMOTIVADO.

Un saludo.

JR